DISPOSITIVA.
Es por las razones expuestas, que este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA imponer a los adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY y IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, a quienes se les imputa la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor y el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto 470 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JHONNY ENRIQUE BASTIDAS SANCHEZ, la Medida Cautelar prevista en el artículo 582 literales " C y F " de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual consiste en:
1.-La obligación de presentarse cada veinte (20) días, ante la.....