DISPOSITIVA.
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Control Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescente, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el presente SOBRESEIMIENTO DEFINTIVO, al adolescente INVESTIGADO: SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY, en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de SECUESTRO, previsto en el artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio del ciudadano YOHANDER ALI VALERA, venezolano y del niño SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY, por haber ocurrido la muerte del adolescente objeto del proceso, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 1 y 318 numeral 3 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.....