Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana MILITZA COROMOTO VALERA RODRIGUEZ, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión de unas Bienhechurias construidas sobre una parcela de terreno de la Municipalidad y dentro de un área Noventa y Tres con Ocho Metros Cuadrados (93,08mts2) consistente en: Seis (6) ambientes; distribuidos en tres (3) cuartos, una (1) sala, una (1) cocina y un (1) baño, ubicada en el Barrio Fe Alegría carrera 14, esquina con calle 04, del Municipio Guanare estado Portuguesa, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Carrera 14. SUR: Canal de drenaje. ESTE: Solar y Casa de Victoria Ca.....