DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la recusación interpuesta en fecha 17 de octubre de 2022, por la Abogada ELSI ELIZABETH SUÁREZ MÉNDEZ en su condición de defensora privada del acusado ROBERT THOMAS MÉNDEZ CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nº V-29.800.765, en la causa penal Nº PP11-P-2020-000560, en contra de la ciudadana Abogada ALBA MILAGROS VIVAS SOASO, en su condición de Jueza del Tribunal de Primera Instancia de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, de conformidad con el artículo 95 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia y remítase el presente cuaderno especial en su oportunidad legal al Tribunal de procedencia.
Dada, firmada, sellada.....