En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas Disciplinarias N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa declara de conformidad con el artículo 105 del Código Orgánico Procesal Penal, EXTINGUIDA LA PENA, que le fuere impuesta al ciudadano ROJAS LUIS ALBERTO, titular de la cédula de identidad Nº 11.544.049, natural de Acarigua Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 10-09-1971, de 33 años de edad, soltero, obrero, hijo de Dolores Antonio Ceballos y Doris Rojas, domiciliado en la Barrio el Cementerio calle 12 Casa s/n Acarigua estado Portuguesa, por cumplimiento de la misma y así se decide.
Regístrese, notifíquese, déjese copia.
El Juez de Ejecución N° 2,
Abg. Evelio de Jesús Viloria.
La Secretaria, (Temp.)
Abg. Carmen Alicia la Placa