RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, del ciudadano DAVID JOSE RODRIGUEZ SIERRA, en beneficio de su hijo el niño **********, de Cinco (05) años de edad. Las partes llegaron a los acuerdos siguientes: El Régimen de Convivencia Familiar será abierto y amplio, en virtud que el ciudadano DAVID JOSE RODRIGUEZ SIERRA, es militar activo y no tiene puesto fijo de trabajo, por lo tanto compartirá con su hijo los fines de semana, vacaciones de carnaval y semana santa de forma alternada entre ambos progenitores, las vacaciones escolares el padre compartirá con su hijo quince (15) días, los días 24 y 31 de Diciembre serán alternados, todas esas fechas tomando en cuenta la disponibilidad laboral que tenga el padre, quien buscará al niño en la residencia de la madre y lo regresará a la misma dirección. Asimismo, la madre del niño le comunicará al padre cuando efectúe viaje a la ciudad de Barquisimeto, a los efectos que el padre pueda buscar al niño en cuestión y comparta tanto con el padre como con los f.....