Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: CARLOS MIGUEL MEJIAS ALFARO, MERLYN ALBERTO MEJIAS ALFARO, GILBERTH JOSE MEJIAS ALFARO, HECTOR DANIEL MEJIAS ALFARO, REINALDO ENRRIQUE MEJIAS ALFARO Y JULIO CESAR MEJIAS ALFARO, la existencia de sus condiciones de Únicos y Universales Herederos, del De Cujus ESPERANZA VIRGINIA ALFARO DE MEJIAS, quien falleció ab intestato, el día veintiséis de Octubre del año dos mil catorce (26/10/2014), en el Municipio Guanare del estado Portuguesa, a causa de C.A. de Páncreas Hepatogenada, de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa