Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el procedimiento iniciado por acción de amparo constitucional intentada por LUIS RAMÓN SÁNCHEZ ya identificado, contra sentencia dictada por el Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 7 de agosto de 2013 y declara CON LUGAR la acción de amparo.