D I S P O S I T I V A
Por los motivos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Revisión de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana Adeyanira del valle Ortiz Romero actuando en nombre del niño Pedro Emilio Bastidas Ortíz en contra del ciudadano Pedro José Bastidas Martines y se fija la suma de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000,oo) MENSUALES, y DOSCIENTOS CUARENTA MIL (Bs. 240.000,oo ) en los meses de Agosto y Diciembre de cada año, para la compra de útiles y uniformes escolares, vestuario y calzado.-
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, a los Veintiséis días del Mes de Abril de Dos Mil Cinco.- Años: l95º de la Independencia y 146º de la Federación.
La Ju.....