DISPOSITIVA:
Por consiguiente, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley DECLARA LA CONFESION FICTA, en la presente demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA, intentada por la ciudadana: NANCY DEL CARMEN MORENO DE RESTREPO, en contra del ciudadano CESAR JOSE MARTINEZ RAMOS, ambos identificados, y en consecuencia se Declara Resuelto el Contrato de Venta, celebrado entre las partes el cual fue Autenticado en fecha 05 de Septiembre de 2003, ante la Notaría Pública del Municipio Araure del Estado Portuguesa, inserto bajo el N° 23, Tomo 26 del Libro de Autenticaciones, y Protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Público de los Municipios Araure, San Rafael de Onoto y Agua Blanca del estado Portuguesa, de fecha 30 de Marzo de 2004, bajo el N°8, Folios 32 al 36 Protocolo Primero Tomo X, 1° Trimestre. Y Así se Decide.
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