DISPOSITIVA
Por los motivos anteriormente expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA DE INSTANCIA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda el siguiente REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: la niña .........................deberá ser buscada por el ciudadano RAFAEL JOSE HERNANDEZ MONTILLA, en la residencia de su madre la ciudadana SANDRA ISABEL SALGADO, alternando fin de semana de por medio, los días sábados a las 08:00 a.m., hasta el domingo a las 07:00 p.m., y deberá ser regresada la referida niña en forma personal, hasta el hogar donde reside la niña con su madre antes identificada y de la misma manera con equidad se alternaran cada año, las fechas de vacaciones y épocas decembrinas, Semana Santa y Carnaval; comenzando el año 2010 estará , Semana Santa con la madre y carnaval con el padre; en las vacaciones de fin d.....