sobre la fijación de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, del padre en beneficio de su hija de nombres y apellidos ******, de Catorce (14) años de edad, la cual ha sido fijada a la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00) MENSUALES por concepto de obligación de manutención, cantidad que será depositada los días último de cada mes en la cuenta de ahorros Nro. 70014200010109900 de la entidad bancaria Bicentenario, antiguo Banfoandes, a nombre de la madre de la adolescente. En el mes de Agosto se compromete a aportar la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00) y en el mes de Diciembre aportará la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00), cantidades que igualmente serán depositadas en la cuenta de ahorros up supra identificada. Asimismo, el padre se obliga a sufragar en un cincuenta por ciento (50%) los gastos por concepto de médico, medicinas y otros que requieran la adolescente. El atraso injustificado en el pago de la obligación de manutención fijada devengará intereses ca.....