De conformidad con lo establecido en el Artículo 640 del Código de Procedimiento Civil SE DECRETA LA INTIMACION de la ciudadana MARÌA DE LOS SANTOS VALERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.942.776, domiciliada en la Urbanización Temaca, calle principal casa Nº 21, Guanare, Estado Portuguesa, en su carácter de deudora, para que comparezca por sí o por medio de Apoderado (s), ante este Tribunal dentro de los DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES, a su intimación, más un (1) día en atención al término de la distancia, a cualquier hora de despacho de las fijadas en la tablilla de este Tribunal (8:30 a.m. A 3:30 p.m.), a fin de que pague a la parte actora las siguientes cantidades: PRIMERO: Bs.F. 1.047.60 por concepto de capital adeudado y demandado; SEGUNDO: Bs. F.30,45, por intereses de mora calculados al cinco por ciento (5%) anual sobre el monto de cada uno de los títulos cambiarios fundamento de la demanda y los que se sigan produciendo .....