Ahora bien, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 08 ejusdem, RATIFICA: la Medida de Protección de Colocación familiar en beneficio de la adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de catorce (14) años de edad, dictada en fecha 07/02/2002 por el Juzgado Unipersonal N° 1 del extinto Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, a ejecutarse en el hogar de su tía materna, ciudadana MARÍA PASTORA GARCÍA DE DÍAZ, plenamente identificados en autos, residenciados en La Colonia parte alta, Barrio La Amistad, Calle Principal, Nº 03, de esta ciudad de Guanare estado Port.....