Por todos los motivos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal, en funciones de Control N° 03, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA VICTIMA ROJAS ALVAREZ JOSE LUIS, venezolano, de 44 años de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. V-1O.320.060, domiciliado en la Urbanización Trina Moreno,.Calle 04, Casa Sin Numero, diagonal al boulevard, al lado de la Iglesia evangélica frente de agua viva, Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, en la causa penal signada con el N°182C-DPDF—F6-214-2012, conforme a lo establecido en los artículos 30 último aparte y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 120.3, del Código Orgánico Procesal Penal, y 81 al 86 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; ordenándose al Comandante del Destacamento N° 41 de la Guardia Nacional Bolivariana, Municipio Araure Estado Portuguesa,., el resguardo y protección de las solicitantes,.....