ORDENA LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO No 156, de la ciudadana: ZONIA DEL CARMEN ACOSTA RIVERO, por ante el Registro Principal del Estado Portuguesa, durante el año Mil Novecientos setenta y uno (1.979) dejándose establecido que fue presentada una niña hembra por "JOSÉ YSABEL ACOSTA", que es incorrecto siendo "JOSÉ ISABEL ACOSTA" lo correcto, igualmente que la niña cuya presentación hace nació el CUATRO DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO (04-10-1.978) a las 4:00 de la tarde y que lleva por nombre "ZONIA DEL CARME", hija reconocida del presente y de "LUCILA DE LAS MERCEDEZ RIVERO", que es incorrecto, ya que se debió anotar que la niña cuya presentación hace nació en el "HOSPITAL GENERAL "DR. ARMANDO DELGADO MONTERO", VILLA BRUZUAL, MUNICIPIO TUREN DE ESTE ESTADO", hija reconocida del presente y de "LUCILA DE LAS MERCEDES RIVERO", que es lo correcto, tal como consta en la Copia simple de la Partida de nacimiento Nº 156, expedida por la Abg. Margarita del Carmen R.....