Sobre la REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN del ciudadano JOSE ALBERTO BASTIDAS OLMOS, en beneficio de su hijo el ciudadano ALBERTO JOSE BASTIDAS CARDENAS, de Dieciocho (18) años de edad, la cual ha sido fijada en la cantidad de CIENTO SESENTA BOLIVARES MENSUALES (Bs. 160,00), y el doble de esa cantidad en el mes de Diciembre, es decir, TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 320,00), en el mes de Agosto el referido ciudadano seguirá disfrutando del bono de útiles escolares; así mismo, ambos padres se obligan a cancelar el 50% de los gastos médicos, medicinas, consultas médicas especializadas, vestidos, calzados, alimentos y otros que requiera su hijo. Dichas cantidades de dinero seguirán siendo retenidas del salario que percibe el ciudadano JOSE ALBERTO BASTIDAS OLMOS por ante la Oficina de Bienestar Social de la Guardia Nacional (COGEGUARNAC) ubicada en Caracas, y depositadas en la Cuenta de Ahorros No 0007-0014-21-0010100931 de la Entidad Bancaria Banfoandes, hoy Banco Bicentenario,.....