"En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley la Juez impuso y le decretó medida cautelar de prevista en el artículo 92 en su ordinal 8 concatenado con el artículo 87 Ordinales 3, 5 y 6 por el delito de Violencia Física establecida en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, al imputado ANGEL ANTONIO PEREZ, por la comisión del delito de Violencia Fisica, previsto y sancionado en el artículo 49 de la referida ley, cometido en perjuicio de la ciudadana Ana Maria López. Finalmente se ordeno librar la correspondiente boleta de Libertad y remitir las actuaciones en la oportunidad legal a la Fiscalia Octava del Ministerio Publico a los fines de que continué con las investigaciones respectivas. No habiendo mas nada que tratar se dio por concluida la audiencia siendo las 11:49 de la mañana. Es todo, término y conformes firman.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 1.
Abg. ANA DILIA GIL. .....