Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
FIRME EL DECRETO INTIMATORIO y SE ORDENA TENER EL MISMO COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
En consecuencia, SE CONDENA a la SOCIEDAD MERCANTIL INGENIERIA ARAUJO, COMPAÑÍA ANONIMA, en la persona de su presidente, ciudadano ANDRÉS AVELINO ARAUJO AVILA, a pagar al ciudadano ELIEZER LEONARDO MORAN E., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.644.966, las cantidades siguientes: PRIMERO: la cantidad de QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 578.000,oo) correspondientes al monto de la letra de cambio. SEGUNDO: TREINTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs. 36.125,oo) por motivo de intereses calculados al 5% anual. TERCERO: la .....