DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Dicta AUTO DE APERTURA A JUICIO, en contra del ciudadano José Audelino Lozada Soto, venezolano, de 39 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.391.222, nacido en fecha 26/11/1969, de ocupación Albañil y residenciado en Barrio Paraparo, calle Bolívar, casa Nº 11, Biscucuy Estado Portuguesa, por estimarlo responsable del delito de Abuso Sexual de Niño, previsto y sancionado en el artículo 259 en relación con los artículos 8, 216 y 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la niña (se omite su nombre por razones de ley), representado por la ciudadana Hilda Margarita Navas; a Tales efectos, se emplaza a las partes .....