DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el encabezamiento del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano ERNESTO ANDRES GARCIA OVIEDO, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.880.713, nacido en fecha 17 de Junio de 1986, de profesión u oficio Latonería y Pintura, residenciado en el Barrio Bella Vista, carrera 15, casa 15-32 detrás de la Pepsi Cola, Guanare estado Portuguesa y de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena continuar el procedimiento ordinario;
SEGUNDO: Se acoge la precalificación dada por el Ministerio Público, del delito de HOMICIDIO.....