DECISIÓN
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 2 Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia el cese de las obligaciones impuesta al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), ya identificado, por lo que se decreta la libertad plena, la acuerda la Remisión de la presente causa al Archivo Judicial una vez transcurrido el lapso legal.
Quedan notificadas las partes presentes en Sala, notifíquese a la víctima quien no estuvo presente en la audiencia aún estando legalmente notificada..
En Guanare, a los treinta días del mes de junio del año dos mil diez.
La Jueza de Control N° 2,
Abg. Zoraida Graterol de Urbin.....