En consecuencia, para el proferimiento de cualquier acto jurisdiccional, el juez o la jueza agrario, debe ponderar los riesgos en que se encuentren los anteriores bienes públicos para dictar las medidas tendientes a su protección. Por lo tanto para el decreto de la medida nominada del caso de marras, debe el solicitante demostrar la "presunción grave", de los elementos tradicionales constitutivos de la medida, es decir, la existencia del fumus bonis iuris y del periculum in mora, en el grado exigido por la mencionada especial norma adjetiva agraria. Al respecto del primero, este Tribunal advierte de las pruebas documentales promovidas por la parte demandante; a saber el acta de defunción del ciudadano, Gabriel Arturo Ziccarelli Campero, de la partidas de nacimientos y documentos protocolizados, la posibilidad del derecho invocado, por lo que declara satisfecho la presunción del buen derecho sobre los bienes con vocación de uso agrario determinados supra. Y sobre el segundo de los extre.....