Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana CARMEN GREGORIA CUMANA SILVA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-8.051.819, inserta bajo el Nº 749, folio 98 frente y vuelto, tomo 2, de fecha 20-05-1960, del libro de Registro de Nacimientos llevados por ante el Registro Civil del Municipio Guanare estado Portuguesa y archivado por ante el Registro Principal del Municipio Guanare estado Portuguesa, durante el referido año.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO antes descrita correspondiente a la ciudadana CARMEN GREGORIA CUMANA SILVA, en lo que respecta a que se obvio el segund.....