DISPOSITIVA
En virtud de las fundamentos precedentemente esbozados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en funciones de Control Nº 1, DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, establecida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal contra el ciudadano ISIDRO ANTONIO GIL AZUAJE, de nacionalidad venezolana, natural de esta ciudad, de 35 años de edad, nacido en fecha 12/06/1973, soltero, obrero, titular de la cedula de identidad Nº 15.304.409, residenciado en el Barrio Monseñor Unda, calle 04, casa Nº 14-3, Guanare estado Portuguesa, quien se encuentra presuntamente involucrado en el hecho punible calificado por el Ministerio Público como VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado el artículo 43 encabezamiento 2º y 3º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de YOSELIN SURISMA GIL TORRES. Lograda la aprehensión aquí acordada, el imputado deberá ser puesto a.....