Se decreta la Medida Privativa de Libertad en contra de los ciudadanos: IVIS JOSÉ OROPEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 15.589.702, domiciliado en la urbanización Durigua, casa N° 20, sector 4 de la ciudad de Acarigua del estado Portuguesa; y ALEJANDRO ANTONIO OROPEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 13.556.132, y domiciliado en la urbanización Durigua, sector 4 calle 5 de la ciudad de Acarigua del estado Portuguesa, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVÍSIMA, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Pena, se deja constancia que se inscribió en el iuris en el día de hoy por no estar funcionando el día de ayer 5-12-2006