DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISIÓN de la SOLICITUD DE INSPECCION EXTRAJUDICIAL, suscrita por el ciudadano Cornelio Antonio Aguilar Mejia, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.370.670, debidamente asistido por el Abogado Maxwell Rafael Sanguino Danis, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 108.003 y Hecmorlid Karina Lacruz Montilla, inscrita en el Ipsa bajo el Nº 176.911.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Biscucuy, a los ocho (0.....