DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 18 de agosto de 2015, por la Abogada TIOSTIMA DURAN, actuando con el carácter de Defensora Pública Primera, representando en este acto al joven adulto acusado (IDENTIDAD OMITIDA), contra la decisión dictada en fecha 11 de octubre de 2017, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, de la Sección Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el petitorio de la defensa en cuanto al DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE DETENCIÓN PREVENTIVA, prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Regístrese, diarícese y.....