D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado OTONIEL GARCIA CASTRO, en su carácter de defensor del acusado Deivis José Álvarez Lameda, contra la sentencia publicada en fecha 13 de enero de 2005, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio N° 2, con sede en Guanare del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, mediante la cual CONDENO al ciudadano DEIVIS JOSE ALVAREZ LAMEDA, a cumplir la pena de nueve (09) años de presidio, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, más las accesorias de ley previstas en el Artículo 13 del Código Penal, a saber: 1.- La interdicción civil durante el tiempo que dure la pena; 2.- La inhabilit.....