En fecha 14-12-04 la ciudadana JOVINA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la población de Payara Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N°3.526.705, en su condición de abuela materna de la adolescente MARIA EUGENIA CHIRINOS, de trece (13) años de edad, hija de los ciudadanos SANTIAGO RAMON CHIRINOS GARCIA y CARMEN JOSEFINA SANCHEZ (fallecidos), según consta de la Partida de Nacimiento, y Actas de Defunción anexas a la solicitud; asistida por la Abogado HYRVIC DEL VALLE QUINTERO, Fiscal Cuarto ( E ) del Ministerio Público con competencia en el sistema de Protección del Niño, Niña, Adolescente y Familia de este Estado; que en razón de que la mencionada adolescente no tiene representante legal, solicita le sea nombrado TUTOR, PROTUTOR, SUPLENTE, y CONSEJO DE TUTELA, de conformidad con lo establecido en el Título IX, Capítulo I, Sección I, en sus Artículos 301, 324, y 335 del Código Civil, para cuyos cargos sugiere se designe en el mismo órden, a los ciudada.....