Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Califica como flagrante la aprehensión de que fueron objeto los ciudadanos Reinaldo Coromoto Rodríguez Narváez, Venezolano, soltero, de 25 años de edad, nacido en fecha 30/03/1986, Natural de esta ciudad, de profesión Obrero, residenciado en el Barrio los Cortijos, calle Nº 03, casa s/n Municipio Guanare Estado Portuguesa, Titular de la cédula de identidad Nro. V-18.668.870, hijo de Juana de Rodríguez (V) y Reinaldo Rodríguez (F), y Ángel Eduardo Pérez Colmenares. Venezolano, soltero, de 30 años de edad, nacido en fecha 26/11/1980, Natural de esta ciudad, de profesión Indefinida, residenciado en el Barrio 19 de Abril, calle principal, casa s/n Municipio Guanare E.....