Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman la presente solicitud, se pudo constatar, por medio de la inspección judicial, ordenada de oficio por este Tribunal, en el predio descrito por el solicitante, ubicado en el Sector la Trinidad, Asentamiento Campesino la Garrapatera, municipio Ospino del estado Portuguesa, dentro de los siguientes linderos NORTE: Terrenos ocupados por Darlys Tortoza y Esperanza Ruiz, SUR: Terrenos ocupados por Ramón Valera, Jorge Lara, Eulaterio Sánchez y Antonio Díaz, ESTE: Terrenos ocupados por Álbaro García y Segundo Noguera y Carretera vía Trinidad de Ospino, y OESTE: Terrenos ocupados por Esperanza Ruiz, Juan Gutiérrez y Segundo Noguera y Carlos Martínez; la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas y la tenencia por parte del ciudadano, BLAS PÉREZ ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.468.037. Aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante .....