En consecuencia, este Tribunal Primera Instancia en Función de Juicio No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA cautelar de PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD impuesta en fecha 12 de diciembre de 2006, en contra del acusado Olivares Cedeño Jhonny La Mar, Venezolano, de 28 años de edad, natural de Guanare estado Portuguesa, nacido en fecha 31-12-1978, titular de la cedula de identidad No. 15.399.707, domiciliado en las invasiones de La Soledad, calle Principal, casa sin número, Guanare Estado Portuguesa, quien fue aprehendido de manera flagrante el día 08-12-2006, por funcionarios adscritos a la Comandancia General de Policía a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico I.....