Admitida la acusación en los términos expresados, se le informó al acusado sobre las formas alternativas a la prosecución del proceso, como son la suspensión condicional del proceso y el acuerdo reparatorio, los cuales debido a la entidad del delito por el cual se admitió la acusación no le procede, razón por la cual se le instruyó sobre el procedimiento especial por admisión de los hechos, establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal y cedida la palabra manifestaron en forma libre no admitir los hechos, en consecuencia:
4) Se ordena la apertura a juicio oral y público contra el acusado Alfonso Sandoval Valera, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.135.431, fecha de nacimiento 15-07-67, soltero, comerciante, residenciado en la carretera principal, casa s/n, del caserío Canturria Parroquia Antolín Tovar, Municipio San Genaro de Boconoíto, Estado Portuguesa, hijo de Gregorio Sandoval (D) y Ana Valera (V), por la comisión del deli.....