Por la citadas motivaciones, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL en la causa instruida contra el ciudadano QUERALES ALVAREZ JACOBO ANTONIO, venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido en fecha 25/05/1975, indocumentado, soltero, Albañil, y domiciliado en el Barrio los Aguacates, avenida # 3, casa S/N, Turen Estado Portuguesa por haberse extinguido la pena por muerte del reo, todo de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del Artículo 103 del Código Penal.
Regístrese, notifíquese, déjese copia.
La Juez de Ejecución N° 1.
Abg. Carmen Zoraida Vargas López
El Secretario,
Abg. Giuseppe Pagliocca.
Seguidamente se cumplió. Conste.
Strio.
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