CUARTO
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente, en Funciones de Control N° 1 del Circuito Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de conformidad con el articulo 561 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en la causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, venezolano, natural de Guanarito Estado Portuguesa, nacido en fecha 10-10-1.991, de 17 años de edad, soltero, estudiante, titular de la cedula de identidad Nº V-21.024.512, residenciado en el Barrio Falconero, Calle Principal, casa s/n, Guanarito Estado Portuguesa, en perjuicio de García Soto Silvia Silvina.
Por cuanto la presente decisión no pone fin al proceso ya que el mismo tiene es un efecto suspensivo, el Ministerio Público dispone de un ti.....