DECISION
Por los motivos antes expuestos y considerando que esta situación es justificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal, me INHIBO DE CONOCER DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra JOSE ASTERIO HERNANDEZ RODRIGUEZ, portador de la cédula de identidad Nº15.869.644 y ELVIS RICARDO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº14.980.594, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación con el artículo 6, ordinales 1, 2, y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano ABRAHAM FUMERO DAMAS, y como consecuencia de ello se ordena la remisión de la misma al servicio de alguacilazgo a los efectos de la distribución en otro Juzgado de Juicio que le corresponda conocer, sustanciándose la presente decisión como incidencia en cuaderno separado, al que se agregarán copias certificadas de las actuaciones que se.....