Vista la solicitud formulada por la ciudadana LILIANA DEL CARMEN ZIRIT GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.073.776, obrando en representación de su hija, la niña ANYERLYNGN FRANCHESKA CASTELLANOS ZIRIT, de dos (02) años de edad, debidamente asistida por el Abogad EMIRO OSWALDO CAPRILES Q., titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.246.472, en su carácter de Defensor Público para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, solicita de este Tribunal AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA GESTIONAR COBRO DE DINERO en nombre de su referida hija, el cual le pertenece por concepto de beneficios laborales, colectivos, contractuales, pensión de sobrevivientes, beneficios de Caja de Ahorros, indemnización por fallecimiento, Ahorro de Ley de Política Habitacional, Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Seguro de Vida y Seguro Funerario, en razón de la muerte de su padre, ciudadano ANTONIO JOSÉ CASTELLANOS QUEVEDO, quien era venezolano, mayor de edad, casado, Agen.....