Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por el ciudadano: EMANUELE TONINO VESPA STELLUTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.058.071, con citación de su cónyuge YESENIA COROMOTO MENDOZA URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.399.838, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: EMANUELE TONINO VESPA STELLUTO y YESENIA COROMOTO MENDOZA URBINA, en fecha diecisiete de Enero de dos mil diecinueve (17/01/2019), por ante el Registro Civil del Municipio Guanare del.....