DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Guanarito y Papelón del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA DE OFICIO LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud de Titulo Supletorio, presentado por la ciudadana: BEATRIZ ELENA CARREÑO QUINTERO, ya identificada, debidamente asistida del abogado YOHEL YONAIDEZ POLO, titular de la cédula de identidad Nº 17.002.918, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 146.636.
Ahora bien, a los efectos de que los interesados ejerzan el recurso correspondiente contra la presente decisión, déjese transcurrir el lapso de cinco días de despacho, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.