Por los motivos expresados este Tribunal de Primera instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: de conformidad con lo establecido en los artículo 190, 191 y 195 todos del Código Orgánico Procesal Penal, declara la nulidad del acto conclusivo, presentado por la Fiscal del Ministerio Público consistente en la acusación en contra del ciudadano Álvaro Antonio Rivas Arroyo, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare, estado Portuguesa, nacido en fecha 05-10-1986, de 21 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.100.138 y residenciado en el Asentamiento Campesino José Antonio Páez, Gato Negro, Calle 1, Casa S/N°, Guanare, estado Portuguesa, por la comisión del delito de Acoso u Hostigamiento y Violencia Sexual, previstos y sancionados en los artículos 40 y 43 de la Ley Orgánica So.....