En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia transitoria en Protección del Niño, Niña y Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la apelación formulada por la parte actora en el presente juicio de cumplimiento de contrato y cobro de daños perjuicios, seguido por la ciudadana LEYNA YURAIMA RODRIGUEZ CARVALLO, contra el ciudadano HUMBERTO DURAN, ambos identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad del auto de fecha 07-04-2011, por el cual se ordena a la parte demandada subsanar la falta de precisión de la cuantía del libelo de demanda y de los actos procesales subsiguientes, hasta el presente fallo, exclusive y se acuerda la reposición de la causa al estado de proceder a admitir la demanda cuanto ha lugar a derecho; y previa notificación de la parte actora.
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