DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la ley:
PRIMERO: Declaró con lugar lo peticionado por el Fiscal V del Ministerio Público y por la Defensa Pública I, en consecuencia se prolonga la suspensión del proceso a pruebas, en cuanto al cumplimiento de una de las condiciones pactadas en audiencia Preliminar de fecha 10-07-2012, por el lapso de cuatro (04) Meses adicionales contados a partir del día de hoy, venciendo el día 28-03-2013, quedando el adolescente (Se omite en conformidad con el parágrafo segundo del artículo 65 y artículo 545 de la LOPNNA), comprometido a estudiar, consignando la respectiva constancia de estudios ante el tribunal, dentro del lapso prolongado de cuatro meses. La presente causa se le instruyó por el d.....