Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con el artículo 647 literal "f" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, Acuerda:
Primero: Declarar con lugar la solicitud de fijar audiencia oral para revisar la sanción, la cual se fijará por auto separado una vez consten en actas el respectivo plan individual y el informe conductual del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA).
Segundo: ordena oficiar a la Casa de Formación Integral Varones Guanare, a los fines de solicitar, la remisión del plan Individual, el cual fue ordenado su elaboración en fecha 12-02-2010, mediante oficio Nº 165 e informe conductual del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA).
Tercero: se ordena fotocopiar lo informes psicológicos que consten en auto, certificarl.....