Vista la conciliación celebrada entre las partes, ciudadanos JOSÉ RAMÓN VELÁSQUEZ GONZÁLEZ y REINA TRINIDAD PÉREZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad No. V-10.051.708 y V-17.881.013, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público Con Competencia en Materia de Protección del Niño, Adolescente y la Familia de esta Circunscripción Judicial y ratificada por ante este Despacho en esta misma fecha, sobre el establecimiento de REGIMEN DE VISITAS, en beneficio de sus hijos ......................., ................................. y ....................................., de siete (07), cinco (05) y tres (03) años de edad, respectivamente, consistente en que el padre buscará a sus referidos hijos en la residencia de la madre, cada quince (15) días los viernes a las 5:00 p.m. y compartirán con él hasta el día próximo domingo hasta las 5:00 p.m. Asimismo se hace constar que no fue presentada la partida de nacimiento del niño Miguel Antonio Pérez, pero .....