En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la presente demanda por PREFERENCIA OFERTIVA Y RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, incoada por el ciudadano MARCO AURELIO CARDENAS MARIN, contra los ciudadanos ALONSO MEJIAS MONTES, MARBELLA NAVAS DE SANCHEZ, OMAR EDGAR SANCHEZ URIBE, LEIDYMAR SANCHEZ URIBE, YOLIMAR BEATRIZ SANCHEZ FONSECA y JOSÉ ROBERTO SANCHEZ FONSECA, de conformidad a lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, se extingue la instancia en la presente causa.-
Notifíquese a la parte actora.-