Por todas las razones antes expuestas, se REPONE LA CAUSA al estado de notificar a la Procuraduría General de la República, Todo ello conforme a lo establecido en los Artículos 63, 79, 80 y 94 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. En consecuencia, se Ordena la citación de la Procuraduría General de la República, en sus oficinas ubicadas en su sede en caracas,