En el día de hoy, 31 de Marzo de 2008, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente Causa; se deja constancia de la Comparecencia de los apoderados Judiciales de la empresa demandada abogado JUNIOR TORREZ Y JOSE GUEDEZ, todos arriba identificados, cualidad que se evidencia de Poder cursante en autos. Igualmente se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandante, quien no compareció ni por si, ni apoderado judicial alguno, seguidamente este Juzgador forzosamente aplica las consecuencias establecidas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, motivo por el cual debe considerarse DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO.
En consecuencia, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Desistido el procedimiento.
SEGUNDO: Terminado el Proceso.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado.....