D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas, para asegurarle para asegurarles a la ciudadana ROSA YSAURA PERNÍA JAIMES, en su condición de cónyuge y a los adolescentes Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de diecisiete (17), quince (15), dieciséis (16) y trece (13) años de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-28.293.923, V-28.293.922, V28.293.918 y V-29.556.900 respectivamente, en calidad de hijos, la condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante De Cujus OSCAR ALEXIS ÁVILA MOLINA, quien .....