D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas, para asegurarle a la ciudadana DOMINGA ROJAS DE GARCÍA, en su condición de cónyuge, a los ciudadanos ELBA ROSA GARCÍA ROJAS, ERLINDA MARÍA GARCÍA ROJAS, NELLY JOSEFINA GARCÍA ROJAS y JOSÉ GREGORIO GARCÍA VELÁZQUEZ, en calidad de hijos y al adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de dieciséis (16) años de edad, en calidad de nieto, la condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSÉ DE LA ROSA GARCÍA BASTIDAS, quien era venezolano, mayor de edad, tit.....